Consejo Directivo de INFOR

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INFOR Le Corresponde la dirección superior del Instituto, así como la administración y disposición de sus bienes. Está compuesto por siete miembros, designados de la siguiente forma:

a) Un consejero designado por el Ministro de Agricultura

b) El Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario o su subrogante legal

c) El Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal o su subrogante legal

d) Dos consejeros designados por el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción

e) Un consejero nombrado por el Ministro de Agricultura, en representación de la Corporación Chilena de la Madera, a propuesta de ésta

f) Un representante de las Organizaciones Gremiales con personalidad jurídica más relevantes de los pequeños productores forestales, designado por el Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, de entre las personas que aquellas propongan.

INFOR Los Consejeros, a excepción de los señalados en las letras b) y c), durarán tres años en sus cargos, pudiendo ser sustituidos anticipadamente por las instituciones que representan. Los Consejeros señalados en las letras b) y c) mantendrán su calidad mientras detenten los cargos a que dichas letras se refieren.

INFOR El Consejo Directivo tiene un Presidente, designado por el Ministro de Agricultura, con una duración de tres años, y un Vicepresidente, designado y removido por el Vicepresidente Ejecutivo de CORFO.

INFOR El Consejo celebra Sesiones Ordinarias, una vez al mes y Extraordinarias, en las oportunidades que se requieran.

INFOR EL quórum para sesionar es de cuatro consejeros, adoptándose los Acuerdos por mayoría absoluta de los asistentes, salvo que los Estatutos o la ley exijan un quórum especial.


Son atribuciones del Consejo Directivo:

a) Dirigir el Instituto, administrar y disponer de sus bienes con las más amplias atribuciones, sin perjuicio de las limitaciones que se establezcan en las leyes y/o en los Estatutos

b) Designar al Director Ejecutivo, en la forma prevista en los Estatutos

c) Promover y velar por el cumplimiento de las finalidades del Instituto

d) Aprobar la celebración de todos los actos, contratos y operaciones que fueren necesarios o conducentes, directa o indirectamente, a la realización de los fines y objetivos del Instituto

e) Aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo y de acuerdo a las normas legales vigentes, el Presupuesto Anual de entradas y gastos, el Inventario de sus bienes y el Balance sus operaciones

f) Controlar y orientar la correcta inversión de los fondos, a fin que puedan cumplirse las finalidades de la Institución

g) Aprobar los programas de trabajo y proveer a su debido financiamiento

h) Aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo, los reglamentos internos y demás normas que estime necesarias para el adecuado funcionamiento del Instituto, de sus servicios y dependencias

i) Aceptar el ingreso de miembros cooperadores

j) Aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo la creación de Departamentos o Secciones Técnicas y Administrativas y las estructura orgánica de la Institución

k) Aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo, las inversiones de capital

l) Aceptar aportes extraordinarios o donaciones de los miembros activos y cooperadores y de cualquier otro organismo, institución y/o persona natural o jurídica

m) Crear comisiones de estudio y designar los Consejeros que las integrarán

n) Conocer y aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo, la Planta del Personal y escala de remuneraciones, de acuerdo a las normas legales que sean aplicables

o) Establecer, a propuesta del Director Ejecutivo, las funciones que correspondan a los cargos técnicos y administrativos del Instituto

p) Aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo, las comisiones de servicio al exterior del personal del Instituto

q) Aprobar, a propuesta del Director Ejecutivo, la contratación de consultores o empresas consultoras, a suma alzada o mediante cualquier otra forma de remuneración

r) Delegar en el Presidente, Vicepresidente, en un Consejero o en el Director Ejecutivo, las facultades que considere necesarias

s) Formar e integrar, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, otras personas jurídicas en general, asociaciones y comunidades, aportar bienes a ellas, disolverlas y liquidarlas. En todo caso, los bienes y recursos que la Corporación aporte, no podrán exceder del 49% del valor del capital y/o patrimonio de la persona jurídica en la que participe, no pudiendo elegir o designar a más del 49% de sus directores o administradores.

t) En general, conocer y resolver todo asunto relacionado con los intereses y fines del Instituto, que estos estatutos o sus reglamentos no entreguen a la resolución del Presidente, Vicepresidente o del Director Ejecutivo

u) Las demás que le confieren las leyes, los Estatutos o los reglamentos.

INFOR Las facultades de enajenar y gravar bienes raíces requerirán acuerdo previo del Consejo Directivo, adoptado por al menos cinco Consejeros, debiendo necesariamente concurrir en esa mayoría el voto favorable de cuatro cualesquiera de los consejeros a que se refieren las letras a), b), c) y d).

 

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