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Fuente:

CONAF

Fecha:

31 julio 2008

 
 

Ley del Bosque Nativo ya es ley de la República

Con fecha 30 de julio de 2008 , fue publicada en el Diario Oficial la Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, que tiene como objetivo proteger los recursos forestales originarios del país y promover el desarrollo social y económico de las comunidades rurales.

La nueva disposición legal (N° 20.283) ya es Ley de la República después de 16 años de análisis y discusión por parte de los distintos actores forestales.

La normativa fue aprobada por unanimidad por el Congreso a fines de diciembre de 2007 y revisada exhaustivamente por los miembros del Tribunal Constitucional durante seis meses, otorgando su conformidad sin reparo alguno a sus 65 artículos y 8 transitorios.

El 11 de julio de 2008 la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, promulgó la Ley de Bosque Nativo, en una ceremonia realizada en el Parque Bosque Santiago del Cerro San Cristóbal, comuna de Huechuraba, hasta donde concurrieron autoridades de Gobierno, parlamentarios, variados actores forestales y funcionarios de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), encabezados por la directora ejecutiva, Catalina Bau, cuya entidad pública es la encargada de administrar esta normativa.

Con la publicación en el Diario Oficial, comienza ahora a regir los plazos considerados en el cuerpo legal para el cumplimiento de diferentes compromisos establecidos en la ley.

Es decir, a partir de esta fecha se consideran 60 días para la constitución del Consejo Consultivo de la ley, cuerpo asesor del ministro(a) de Agricultura conformado por una amplia gama de representantes del sector forestal (pequeños propietarios, empresas, académicos, profesionales, organizaciones no gubernamentales, entre otros). También se establecen 120 días para que el Ministerio de Agricultura, a través del Consejo Consultivo, apruebe los reglamentos de la ley; y 90 días para sancionar la Tabla de Valores.

La iniciativa legal está destinada a resguardar el patrimonio natural de Chile y a mejorar la calidad de vida de los campesinos y campesinas del país. Para tal efecto, consigna la entrega de bonificaciones para actividades sustentables en el bosque, por medio de dos concursos: uno para pequeños propietarios y otro para medianos y grandes propietarios.

A fin de acceder a estos incentivos económicos, los interesados deberán postular con un proyecto de Plan de Manejo a uno de los tres tipos de actividades consideradas: madereras, no madereras y de preservación. De ser seleccionados, las actividades madereras podrán recibir hasta 10 UTM por hectárea, mientras que las no madereras y de preservación obtendrán hasta 5 UTM por hectárea.

 

 

 

 

 

 

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